Nueva ley del sistema financiero en Perú

En marzo del 2022 se publicó en El Peruano el decreto legislativo Nº 1531 que dispone modificaciones a la Ley 26702 o la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Este decreto surge con la finalidad de fomentar mejoras al servicio de transporte y custodia de dinero y valores. Busca fortalecer, a su vez, la estabilidad del sistema financiero en resguardo y beneficio de los ahorristas. El objetivo es garantizar un funcionamiento seguro, competitivo y sólido del sistema financiero que favorezca el desarrollo Nacional.

Por lo tanto, no estamos hablando de una nueva ley sino de una modificación a la ley. Es por esto que, antes de entrar en materia sobre las modificaciones, hablaremos un poco sobre la evolución y el surgimiento de la Ley 26702.

Índice

Origen de la Ley 26702

Orígenes ley 26702

Image by Racool_studio on Freepik

Entre 1970 y 1990 el sistema financiero peruano presentó dificultades que causaron la pérdida de credibilidad de las instituciones financieras. Por lo tanto, para la década de los 90, se buscaron mecanismos legales que pudiesen restablecer el sistema financiero mediante el desarrollo sin trabas de la actividad bancaria.

Sin embargo, estos mecanismos no lograron rescatar la estabilidad buscada. Razón por la cual, en 1991, el gobierno nacional, con el apoyo del Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, identificó las circunstancias que requerían atención en el sistema financiero:

  • Exceso de participación por parte del Estado en el manejo de entidades financieras y en el control accionario.
  • Una serie de normas preventivas débiles que representaban una baja capacidad de supervisión que conformaban un marco institucional frágil. Fundamentalmente en lo relacionado con la Superintendencia de Banca y Seguros.
  • Carencia de competitividad, producto de un sistema oligopólico.
  • Ausencia de mecanismos para solventar crisis bancarias que iban de la mano con la debilidad financiera de varias instituciones.
  • Poco aprovechamiento del mercado de valores como alternativa del financiamiento empresarial y un irrisorio impulso al mercado accionario.
  • Ausencia de inversionistas institucionales en el mercado de valores.
  • Un sistema de seguridad social en crisis.
  • Inexistencia del seguro de vida en el mercado asegurador doméstico.

Por estas razones, en 1996 el Poder Legislativo promulgó la Ley Nº 26702 con el objetivo de ajustar las instituciones financieras a la situación económica del país. De manera que la “Ley General del Sistema Financiero y de Seguros” constituyó un momento crucial en la legislación peruana.

Esta ley comprendió reformas a nivel económico, político y social con la finalidad de enmarcar el sistema financiero en los estándares internacionales. Estableció el marco de ordenación y seguimiento al que se someten las empresas del sistema financiero y de seguros. Es importante resaltar que esta ley no alcanza al Banco Central.

Repercusiones actuales de la Ley 26702

La ley contempla que el estado no intervenga en el sistema financiero, lo que implica que salvo las inversiones que tiene en COFIDE, en el Banco de la Nación, en el Banco Agropecuario y en el fondo MIVIVIENDA el estado no participa en el sistema financiero nacional.

Posteriormente, en el año 2018 la Ley 26702, fue modificada por la publicación de la Ley Nº 30822. Esta norma entró en vigencia en enero de 2019 e instauró el marco jurídico de las Cooperativas de Ahorro y Crédito COOPAC permitiendo que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) supervise las mismas.

El propósito de la Ley Nº 30822 es el de fortalecer el Sistema Cooperativo, ofreciendo más seguridad para el socio mediante la supervisión de las debilidades que afectan el sistema. Por ejemplo, la existencia de empresas informales que compiten con las entidades microfinancieras.

Otro objetivo de esta norma es el robustecimiento del gobierno corporativo en las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito.

Esta ley creó el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a captar recursos del público. También estableció el Fondo de Seguros de Depósitos Cooperativo para proteger a los socios COOPAC que hayan aportado por 24 meses, así como el compromiso de cumplir con las medidas para prevenir el lavado de activos.

Modificaciones del decreto legislativo 1531

Modificaciones decreto 1531

Image by Freepik

Ahora que estamos en contexto entraremos en materia comentando los cambios, modificaciones e incorporaciones más resaltantes hechos en la ley 26702 en el presente año.

Regulación del Capital mínimo para el funcionamiento de las empresas (art. 16)

“Para el funcionamiento de las empresas y sus subsidiarias, se requiere que el capital social, aportado en efectivo, alcance las siguientes cantidades mínimas:

  • Empresas de Operaciones Múltiples:
  1. Empresa Bancaria: S/ 14 914 000,00
  2. Empresa Financiera: S/ 7 500 000,00
  3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito: S/ 7 500 000,00
  4. Caja Municipal de Crédito Popular: S/ 4 000 000,00
  5. Empresa de Créditos: S/ 678 000,00
  6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público: S/ 678 000,00
  7. Caja Rural de Ahorro y Crédito: S/ 678 000,00
  8. (..)”

Regulación de Capital mínimo de empresas de servicios complementarios y conexos (art. 17)

“Para el establecimiento de las empresas de servicios complementarios y conexos, se requiere que el capital social alcance las siguientes cantidades mínimas:

  1. Almacén General de Depósito: S/ 2 440 000,00
  2. Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario: S/ 14 627 717,00. La referencia del citado capital corresponde al trimestre octubre – diciembre 2021 y posteriormente se sujeta a la actualización trimestral, según el procedimiento señalado en el artículo 18 de la presente Ley.
  3. Empresa de Transferencia de Fondos: S/ 678 000,00
  4. Empresas Emisoras de Dinero Electrónico: S/ 2 268 519,00. El citado capital corresponde al trimestre octubre - diciembre 2012 y posteriormente se sujeta a la actualización trimestral, según el procedimiento señalado en el artículo 18 de la presente Ley.”

(..)”

Vigencia de la autorización del funcionamiento (art. 28)

Este ajuste a la ley contempla que, si alguna empresa incurre en una falta grave, la Superintendencia puede cancelar el certificado de autorización de funcionamiento de la empresa imputada como sanción.

Igualmente, la Superintendencia tiene la capacidad de revocar el certificado de autorización de funcionamiento si la empresa no inicia sus operaciones en el plazo máximo establecido que no debe superar el año de haber sido otorgado dicho certificado.

Una vez que la Superintendencia ha revocado dichas licencias se ve obligada a hacer una notificación al Banco Central.

Otros aspectos resaltantes del Decreto Legal 1531 incluidos en la Ley 26702

aspectos decreto legal 1531

Image by Freepik

  • Se sustituye la figura de las EDPYMES por las Empresas de Crédito. Creando así una categoría nueva de empresas reconocidas por la Superintendencia encargadas de actividades de préstamo.
  • Se reduce el capital mínimo exigible a las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario.
  • Se fomentan mejoras en la regulación para el cómputo de deuda subordinada. Especialmente la de Nivel 1, como una porción del patrimonio efectivo por medio de reglamentos que emita la Superintendencia.
  • Tanto las empresas del sistema financiero como las de sistema de seguros podrán realizar de forma digital todas las operaciones que tengan autorización de efectuar.
  • Toda publicación que tenga que ver con la Ley en lo referente a distintas actuaciones administrativas o de administración pública, se podrá realizar de forma digital o electrónica.

Este Decreto Legislativo entró en vigencia a partir del 20 de marzo del 2022, con la excepción de algunos artículos que entran en vigencia el 01 de enero de 2023 que tienen que ver con causales de intervención y patrimonio efectivo.

Si quieres conseguir conseguir más artículos con información valiosa sobre este tema, puedes consultar nuestro Blog.

Artículos relacionados