Cuando se tiene una propiedad o se está en busca de una es imprescindible conocer sobre el autovalúo. Esto te permite comprender el valor real del inmueble y los impuestos que estén sujetos al mismo. Sin duda, tener una propiedad siempre trae ventajas y beneficios, pero no te exime de tener responsabilidades con el estado.
Por eso es importante entender sobre este procedimiento y lo que implica en cuanto al impuesto predial. En este artículo encontrarás una guía en la que aprenderás en detalle todo lo que un propietario necesita saber sobre el autovalúo.
¡Lee más sobre este tema a continuación!
¿Qué es el autovalúo?
El autovalúo es el proceso para estipular el valor de un inmueble para efectos fiscales. Para convenir este valor es necesario realizar una declaración jurada del autovalúo. Esta declaración la realiza el propietario cuando registra su propiedad, y especifica las características físicas del inmueble.
Para obtener dicho documento se deben cancelar los aranceles correspondientes al pago del autovalúo estipulados por el Ministerio de Vivienda. Al concluir esto, se tendrá el valor total del autovalúo, el cual funcionará como base para el cálculo del impuesto predial.
Ahora bien, el impuesto predial es un tributo anual que grava el valor de un predio, sea rústico o urbano. Es decir, se impone una carga fiscal sobre un determinado inmueble. Cualquiera que sea propietario está obligado a cumplir con el pago de este impuesto.
Si bien estas obligaciones fiscales son un deber, puedes aprovechar los beneficios que te ofrecen. Por ejemplo, tener un buen historial para las entidades financieras al momento de solicitar un préstamo o un microcrédito.
Tipos de autovalúo
La aplicación del impuesto predial considera predios a los terrenos. Esto incluye terrenos ganados al mar, a los ríos y a otras superficies acuáticas. Pero también engloban las instalaciones fijas que integran a los predios, las cuales no pueden ser separadas sin alterar la edificación.
Para tener el valor de estos de predios se necesita un autoavalúo, el cual puede ser de la siguiente clase:
- Autovalúo de predios urbanos: se aplica a los predios ubicados en zonas urbanas como una casa, edificaciones comerciales o industriales. Este autovalúo se utiliza para determinar la base del impuesto predial.
- Autovalúo de predios rústicos: se efectúa a los predios ubicados en zonas rurales orientados a las actividades agrícolas, ganaderas o forestales. Esta clase de autovalúo se utiliza para determinar el valor total para calcular el impuesto predial.
¿Quiénes pagan el impuesto predial?
El impuesto predial deben pagarlo aquellas personas naturales o jurídicas que al 1° de enero de cada año resulten propietarias de algún predio. En caso de transferencia, el comprador pagará este impuesto a partir del siguiente año posterior a la transacción.
Para los condominios o copropietarios, les corresponde pagar un porcentaje proporcional del predio a la municipalidad de su distrito. Aun así, dicho ente puede exigir un pago completo de impuestos.
¿Quiénes están exentos del pago de impuesto predial?
Existen algunas excepciones para los pagos de impuestos prediales. Las detallamos a continuación:
- El gobierno central, local y regional. Se exceptúan los predios en concesión al amparo del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM.
- Los gobiernos extranjeros cuyo predio esté condicionado por funcionar como residencias para representantes diplomáticos. Pero también en su uso como oficinas y dependencias en función de embajadas, legaciones o consulados.
- Para sociedades de beneficencia.
- Para entidades religiosas con el fin de ser destinadas a templos, conventos, monasterios y museos.
- Para entidades públicas orientadas al servicio de médicos asistenciales. Así como también para predios que correspondan a organizaciones reconocidas por el CONADIS.
- Para el cuerpo de bomberos.
- Para el sector educativo y cultural cuya finalidad esté conforme a la constitución.
- Para comunidades campesinas y nativas de la Sierra y selva.
- Para los predios forestales del estado, los cuales están dedicados al aprovechamiento de la fauna silvestre y plantaciones.
- Para predios que correspondan a organizaciones políticas como partidos y movimientos.
Cualquier uso parcial o completo de estos inmuebles con fines lucrativos significa la cancelación de la exoneración del impuesto predial.
¿Dónde se paga el impuesto predial?
El lugar para pagar este impuesto es la Municipalidad Distrital en la cual se encuentre localizado el autovalúo del predio. No obstante, si el inmueble se encuentra en el Cercado de Lima, el pago se debe realizar por el SAT (Servicio de Administración Tributaria).
Dependiendo del sitio donde compete pagar el impuesto predial, se tendrá opciones habilitantes como las oficinas, bancos o agencia virtual.
¿Cómo se calcula el impuesto predial?
Se debe conocer primero la base del autovalúo y el valor actual de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente. Ahora bien, para calcular el impuesto predial se aplica la escala progresiva acumulativa al valor total de los predios de la siguiente manera:
- Hasta 15 UIT corresponde un porcentaje del 0,2%
- Más de 15 UIT y hasta 60 UIT corresponde un porcentaje del 0,6%
- Más de 60 UIT corresponde un porcentaje del 1%
Estos valores fueron extraídos de la tabla procedente del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT).
Fechas para pagar el impuesto predial
Para cancelar el impuesto predial, tienes disponibles dos formas:
- Pago al contado: puedes realizar el pago completo en soles hasta el último día hábil del mes de febrero.
- Pago fraccionado: consiste en el pago distribuido hasta el último día hábil de los meses febrero, mayo, agosto y noviembre. Este sistema reajusta el valor de la segunda, tercera y cuarta cuota con el Índice de Precios al Por Mayor. Este índice es publicado de manera mensual en el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
Es importante destacar que en caso de no cancelar en las fechas correspondientes, se establecerá un abono adicional de intereses moratorios.
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